El Servicio de Administración Tributaria (SAT) estableció que la fecha límite para habilitar el buzón tributario es el 1 de enero de 2027. A partir de esa fecha, quienes incumplan podrán ser sancionados con multas que van de 3,850 a 11,540 pesos, según dicta el Código Fiscal de la Federación.
Esta medida busca que los contribuyentes mantengan actualizados sus medios de contacto para recibir notificaciones y comunicaciones fiscales de forma ágil y segura. La habilitación del buzón tributario es obligatoria para la mayoría de los inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), a excepción de personas físicas sin obligaciones fiscales o morales con suspensión de actividades.
El buzón tributario funciona como un canal digital del SAT que simplifica la entrega de actos administrativos y mensajes de interés, permitiendo a los contribuyentes cumplir con sus requerimientos y trámites en línea.
Entre los beneficios destacados están la certeza jurídica en actos emitidos por el SAT, notificaciones electrónicas accesibles en cualquier momento y una reducción considerable de tiempos en procedimientos fiscales presenciales.
Para activar este servicio, el contribuyente debe ingresar al portal sat.gob.mx, acceder con su RFC y contraseña o e.firma vigente, y registrar sus medios de contacto, como correo electrónico y teléfono celular. Es indispensable confirmar estos datos dentro de las 72 horas siguientes al registro.
La contadora Lorena Rojas recomienda habilitar el buzón a la brevedad para evitar inconvenientes, ya que una notificación no recibida a tiempo puede derivar en consecuencias como la imposición de multas o la congelación de cuentas tras notificaciones por estrados electrónicas.
La autoridad fiscal extendió la prórroga para la aplicación de sanciones con la intención de mejorar el sistema, pero subraya que la responsabilidad y urgencia recae en los contribuyentes para cumplir con esta obligación.
Quienes hayan emitido o recibido Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) en los últimos 12 meses deben habilitar el buzón de manera obligatoria, además de quienes realicen trámites que demanden este canal de comunicación. En caso de dudas, el SAT invita a comunicarse a los medios oficiales para recibir orientación.












